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CDMX implementará sanciones económicas para vehículos eléctricos a partir de septiembre de 2026

La capital mexicana prepara una normativa integral para regularizar el uso de scooters, monopatines y motocicletas eléctricas, estableciendo un cronograma de implementación que comenzará con el registro obligatorio en julio de 2026. Las autoridades de Movilidad han detallado que los operadores de estos dispositivos deberán cumplir con nuevas exigencias que incluyen placas, licencias específicas y restricciones de circulación en ciertas áreas urbanas. El proceso de aplicación de sanciones iniciará el 1 de septiembre de 2026, mientras que los usuarios de vehículos ya en uso contarán con un periodo de adaptación hasta el 20 de noviembre de 2026. Los nuevos equipos comercializados desde julio deberán salir de concesionarios con documentación completa, trasladando la responsabilidad también a los distribuidores. Las penalizaciones económicas variarán según la cantidad de infracciones cometidas: de 10 a 20 UMAs por dos sanciones, aproximadamente 1,175 pesos en 2026; de 1,762 pesos de tres a cuatro infracciones y 2,350 pesos por más de cinco. Los conductores serán multados por ausencia de placas, falta de registro, licencia insuficiente o invasión de espacios restringidos como aceras y ciclovías. La regulación establece clasificaciones diferenciadas: los vehículos que superen 25 km/h y ciertos rangos de potencia requieren emplacamiento y documentación, categorizándose como Vehículos Motorizados Eléctricos Personales. Estos se dividen en Matrícula Tipo A para unidades menores a 35 kilogramos y Tipo B entre 35 y 350 kilogramos. Los usuarios deberán obtener licencias clase A1 por 572 pesos o A2 por 1,142 pesos, además de pagar 709 pesos por la placa. Tales vehículos quedan prohibidos en banquetas y ciclovías, debiendo circular únicamente en carriles designados y vías controladas. Los Vehículos Eléctricos Personales más ligeros, como ciertas bicicletas asistidas, quedarán exentos de estas restricciones.

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